Ya ha salido la circular de la FADA referente al Campeonato por Equipos, Circular 25/2014
Dentro de esta circular podemos encontrar los ordenes de fuerza, árbitros, emparejamientos, datos de los equipos y las sanciones por diversos motivos. Son en estas sanciones en las que nos vamos a "centrar" para este post. Dice la circular:
Sanciones:
Se recuerda que las sanciones, acordadas en su día por la Asamblea y publicadas en la circular 39-12, entre otras, son:
A) Falta de comunicación a través de la web de la Federación dentro del plazo marcado: Apercibimiento la primera vez, 18.00 € la segunda vez y 18 € y sanción de un punto la tercera vez y siguientes. Se recuerda que ambos capitanes deben efectuar esta comunicación. (Art 122)
B) No envío del Acta oficial dentro del plazo establecido: Apercibimiento la primera vez y 18.00 € y sanción de un punto las siguientes.
C) Alineación indebida maliciosa: Pérdida del encuentro y sanción de dos puntos. Descalificación en caso de reincidencia.
D) Retirada indebida de un encuentro: 60,00 € y posible pérdida por incomparecencia.
E) Incomparecencia injustificada del equipo: 60.00 € y sanción de un punto.
F) Incomparecencia injustificada de tableros: Apercibimiento la primera vez, 10.00 € por tablero las siguientes.
G) Retirada de la competición o descalificación: 100.00 €
H) Se recuerda que la no presencia de árbitro titulado o habilitado causará la pérdida del encuentro para el equipo local si hay reclamación del equipo visitante.
I) No designación de árbitro, o designación de árbitro no habilitado o no federado: independientemente de las consecuencias de las posibles reclamaciones descritas en el reglamento, apercibimiento la primera vez y pérdida del encuentro las siguientes. Y sanción de 40 € en el caso de no designación.
Quisiea que se fijasen en los puntos C y D (remarcados en azul más arriba). Para poder interponer una sanción, hasta la FADA, debe regirse por el Reglamento de disciplina deportiva, creo que viene bien recordarlo.
¿Qué es una alineación indebida maliciosa? ¿Quién y en base a qué mide la maleciosidad? ¿Retirada indebida...hay alguna justificación para la retirada de un encuentro?...
Bueno, con respecto a lo de "alineación indebida maliciosa" aún podría hacer un gran esfuerzo por entenderlo, pensar que se refiere al supuesto de ir a poner una alineación y que avisandote el otro equipo o el árbitro que no es correcta por el orden de fuerza sigas con ella, aunque también podría ser simplemente cabezonería.
No creo, ni quiero creer que la FADA sea tan inocente de pensar que la mayoría de los casos con alineaciones con falta de algún jugador, esas que se dice "viene de camino", "no sabemos, el venía por su cuenta" y un largo etc sean ciertas y si bien usando esta simple artimaña se influye en las posiciones de los jugadores y por ello en los resultados, tenga una sanción tan simple y rídicula de 10€ ¿No tendríamos que poner sanciones conforme a la repercusión del hecho?
Aún más extraño me parecen los términos del punto D, "retirada indebida de un encuentro" ¿Retirada de qué? Retirada de un jugador porque me cae mál mi rival y me estando allí me niego a jugar, en cuyo caso habría perdido por tiempo, retirada de un equipo por no se qué motivo una vez estado en el encuentro en cuyo caso, las partidas aún sin terminar se perderían por abandono y el resultado sería el computo de las terminadas ¿Alguien puede explicarme a qué se refiere esta sanción? ¿Qué es y en que situación es aplicable la retirada indebida de un encuentro?
¿Soy el único al que parecen ridículas y fuera de forma y formato estas sanciones? ¿Puede algún lector explicarlas, de una forma más entendible, si es que les encuentra sentido? Y quizás los más importante ¿Se ciñen, como deben, estas sanciones al reglamente de disciplina deportiva?
Curioso articulo y curioso momento para publicarlo.El contenido del mismo me hizo pensar en algo.El primer tablero del Circulo quedo vacio en nuestro encuentro Circulo-Vicar acontecido esta mañana.Saludos y buenas tardes
ResponderEliminarSergio ciertamente aquí está el quid de la cuestión y lo malo de la reglamentación de la FADA a mi entender.
EliminarMuy dificilmente es demostrable que este jugador, el del tablero 1, se sabía que no iba a ir a jugar, por ello si reclamas a la FADA "alineación indebida malicosa" posiblemente se quede en la ridiculez de aviso por se primera vez y no llege ni a las mísero 10€ de multa por algo que quizás os ha hecho perder el encuentro, al no subir los jugadores un puesto como debería hacerse.
Ahora bien... ¿Siendo el equipo local es normal que no se presente un jugador? ¿Llamó el jugador durante el transcurso de la partida para avisar de "última hora" que no podía ir? Cuanto menos es una situación interesante de ver como resuleve la FADA, en caso de reclamación, ahora que están tan "al día" con eso de la ética deportiva...
Un equipo de "football" son 11 jugadores ¿Puede comenzar el partido si uno de los equipos se presenta con 10? Un equipo de "voley-ball" son 6 jugadores ¿Puede comenzar el partido si un equipo se presenta con 5? ¿Hay algún deporte que puede empezar un encuentro si alguno de los equipos se presenta con jugadores de menos?...
ResponderEliminarEstamos seguros que el ajedrez es un deporte, nos comoportamos como tales...
TOTALMENTE DE ACUERDO, a mí las sanciones me parecen bastante coherentes.
EliminarLlevo aproximadamente 15 meses tratando de que alguien me explique qué es una alineación indebida maliciosa y su diferencia con la no maliciosa...
ResponderEliminarReproduzco el tema que se debatió hace unos días en mi muro de Facebook:
ResponderEliminarEnrique Osuna. Así está el ajedrez. Estrictos en muchas normas: perder la partida si se llega un minuto tarde, prohibir ofrecer tablas aun en posiciones muertas, etc. Y resulta que miro las bases de la competición por equipos en Andalucía y si falta un jugador de forma injustificada, se le apercibe de primeras y, en la próxima, multa gigantesca de 10 euros. Esto es de dibujos animados. De modo que un jugador puede realizar un viaje de ida y vuelta de 300 a 500 kilómetros para quedarse mirando el tablero, y al equipo contrario se le apercibe. Señores de la Federación Andaluza de Ajedrez: seamos serios de una vez. Un comportamiento intolerable debe ser fuertemente sancionado. Espero protesta firme de la Delegacion Gaditana de Ajedrez que me representa para acabar con esto de una vez. Si parece imposible en los torneos particulares (que no lo es), al menos en los oficiales.
E.P. Recomiendo la lectura del artículo 15j del regalmento disciplinario de la FEDA. La incomparecencia es una falta muy grave y debe llevar emparejada una sanción mucho más grave. http://www.feda.org/.../pdf.../regl_disciplinario.pdf
Enrique Osuna. Pero no se aplica. Se sigue faltando a las anchas y nadie toma medidas. Por cierto, ese reglamento se podría actualizar un poco, que todavía cuenta en pesetas
E.P. El reglamento de la FADA considera la incomparecencia una falta leve...
F.C. No todo se arregla con multas muy severas, hay otras formas de penalizar, saludos
30 de septiembre a la(s) 3:36 · Me gusta
Enrique Osuna. Estoy de acuerdo contigo, F.C., nada de multas. Yo abogaría por la inhabilitación por un período, un año digamos, y penalización en el elo como si hubiera perdido. No es de recibo que yo me desplace a Málaga, Sevilla o Córdoba y que el rival no se presente ni avise antes, porque no le da la gana. En torneos privados es inaceptable; en torneos oficiales es una auténtica vergüenza para quienes deberían cortar por lo sano esta conducta de lo más antideportiva.
F.C. Esta claro que hay que penalizar lo de no avisar, porque es una tomadura de pelo al contrario y a las normas y si no se toman medidas seguirá pasando. Saludos
http://es.fifa.com/aboutfifa/footballdevelopment/technicalsupport/refereeing/laws-of-the-game/law/newsid=1299669.html
ResponderEliminarPor lo que se puede empezar el partido de futbol hasta con 7.
Problema: una vez comenzadas las partidas el orden ya es inalterable ¿y que pasa si al final no llega por cualquier circunstancia?...........
Si jugase con Albox (siendo yo de Almeria) y tuviese un percance (un pinchazo el cual yo no se cambiar), y se me hubiese olvidado el movil por las prisas del madrugon, ¿incurriría mi equipo en alineacion maliciosa?. No creo, ¿no?.
El que un equipo sea local no infiere en donde esten sus jugadores, varios ejemplos de esta situacion (100 km de distancia) lo tiene en su equipo, querido amigo cuasi-vecino Miguel.
Y ya te he comentado esta tarde el caso que se dio con su nuevo equipo (en aquel momento se llamaba Reverte Alboran), en la temporada 2011-2012 (hago memoria de ello y espero no equivocarme) en la cual se presentaron con 3 jugadores, jugando mi tablero 1, no pudiendo jugar yo siendo 2 (con la ilusion que me hacia) y el resto de ordenes no me acuerdo ahora ni puede accederse a traves de gefe, con la consecuencia además de que dicho equipo gano aquel encuentro. Dejo el enlace de ese encuentro de la jornada 3. Los amigos de Reverte tuvieron un percance o varios percances y no pudieron jugar 2 de sus miembros y por supuesto mi equipo les creyo a ciegas, ya que respeta a los compañeros ajedrecistas (sean de donde sean), aman este deporte y apostamos por el fair play. De no ser asi, que me rectifiquen nuestros amigos revertenianos (o como dirian en algun programa "Desmientemelo" jajaja)
http://www.gefe.net/mygefe2/2011-AND/ZPCalendariofa91.html?IdCompeticion=7
Saludos amigos del fascinante mundo del ajedrez.
Este es un deporte competitivo, y como deporte competitivo debe tomarse muy en serio. Cada jugador debe ser consciente de la seriedad del encuentro y los despistes no son excusas para sanciones.
EliminarSupongamos tu mismo ejemplo, pero añadiendo un matiz más. No solo te olvidas el móvil sino que te olvidas el DNI. Te pincha la rueda y un policía viene a socorrerte. Te pide tu DNI y no lo tienes, pero alegas haberlo olvidado por culpa del "madrugón" y de las prisas. Creo que todos sabemos como va a acabar eso, (multa por no llevar tu DNI).
De esto se pueden deducir varias cosas, pero solo diré algunas. Cuando se va a algún lugar fuera de tu casa debes llevar el DNI y cuando vas a competir debes llevar tu móvil bien cargada la batería.
Después haber repasado los reglamentos gral y de disciplina de la Fada, aclararé, espero, lo de las alineaciones indebidas:
ResponderEliminarEl Rto. de Disciplina establece tres clases de alineaciones indebidas:
1º. Alineación indebida realizada de forma deliberada. Está clasificada como infracción muy grave y puede acarrear sanciones superiores a la perdida del encuentro y de puntos en la clasificación (descalificación, inhabilitación, etc). La expresión "realizada de forma deliberada" debe ser asimilable a la que la Fada usa en sus circulares: "maliciosa".
2º. Alineación indebida negligente, no incluyendo el mero cambio en el orden de fuerza. Es infración grave y conlleva pérdida de encuentro y puntos (o puestos) en la clasificación.
3º. Alineación indebida simple. Es el cambio en el orden de fuerza de los tableros. Es infracción leve y se castiga son pérdida de los tableros afectados. O con simple amonestación si se detecta y se subsana antes de que se comience a jugar (para ser exacto, antes de que ambos jugadores hayan realizado un movimiento.)
Entiendo que es muy dificil que se pruebe la alineación indebida maliciosa, pues habría que probar la mala intención e imagino que sólo va a ocurrir el día que un "arrepentido" "cante".
En cuanto a la Alineación indebida negligente, se refiere a las otras cusas que hay descritas en el reglamento general, fuera del cambio de orden: alineación de jugador con falta de licencia, o no inscrito, o sancinado o excluido por razón técnica (incompatibilidad: por ejemplo haber jugado el mismo fin de semana en otra categoría)
Por otro lado, no he encontrado ningun punto de esos reglamentos que diga que ha de alinearse a los jugadores de que se disponga en los tableros más altos posibles. No recuerdo oir hablar de esa norma desde que era un niño, en torneos escolares por equipos.
ResponderEliminarLo que dice el Reglamento Gral. FADA es que el delegado o capitán presentará al árbitro la alineación completa antes de comenzar y los allí nombrados se considerarán alineados. Que no se podrá comenzar a jugar si no están presentes al menos la mitad, pero sí podrá correr el tiempo del equipo incompleto. Y que si los que falten ( o todos) llegan más de una hora tarde, pierden sus partidas. Además el club será sancionado por la incomparecencia (de jugadores o de equipo, según el caso)
No termina la cadena de disparates FADA en esto de la alineación indebida, que es un concepto fundamental en cualquier deporte. Tras años en que se supone que saben lo que hacen, un día descubro que no tienen idea clara de lo que es "alineación indebida maliciosa". Lo descubro con motivo de la siguiente pregunta en un examen oficial para árbitros de la FADA. Aquí os pongo la pregunta. La respuesta supuestamente correcta es la "b", que me dejó atónito:
ResponderEliminar[img]http://4.bp.blogspot.com/-tbbe7XiAFwY/VDQLSZkUrdI/AAAAAAAAJ2U/62Hsnx0Wvr4/s1600/pregunta18examenjulio2013.JPG[/img]
El 18.8.2013 les expliqué a los responsables de la FADA en qué consiste la alineación indebida maliciosa: cuando se constata "la existencia de malicia, que es un elemento jurídico cualificado de la conducta. Alinear a plena conciencia de que no puede hacerse." La diferencia entre alineación indebida y alineación indebida maliciosa es tan difícil como la diferencia entre una copa de ron y una copa de ron con coca-cola.
Incluso les ilustré el concepto con un caso real ocurrido hace muchos años, y que tuvo mucha cola en Granada: un equipo joven puso en un tablero a un tal "Fernández", inexistente en la lista, como si se tratara de "Gómez", sí existente en la lista pero ausente y más endeble que "Fernández". El equipo puso "Gómez" en el acta y en la planilla. El engaño y la pretensión de engañar quedó evidente.
¿Por qué los federativos que deben echar un vistazo a un examen oficial no percibieron el disparate en un concepto deportivo tan importante? ¿Por qué tuve luego que pelearme tanto con ellos? Quedé asombrado al comprobar que alguien había introducido una "morcilla" bastante torpe, ¡y entre paréntesis!, en el Artículo 125.1 del Reglamento General.
Esto de las morcillas es muy hispano. Los textos reglamentarios deben conocerse, discutirse y aprobarse literalmente en la asamblea y no dejarlos a ser perfilados o ampliados posteriormente por una mano que añade lo que le sale de las narices. Y que, en consecuencia, no es aprobado por la asamblea de turno. Muy mala costumbre.
Diego Jesús Gómez hace un buen resumen de los tres tipos de alineación indebida. Un responsable de la FADA me dijo en su momento que no constaba nada sobre alineación indebida maliciosa en el reglamento disciplinario (¡!). Tuve que informarle. Le pregunté qué normas habían aplicado durante años, si no les constaba.
Diego incluso toma nota -quizá un poco perplejo- de que en el Reglamento se habla de "alineación indebida realizada de forma deliberada" cuando en las Circulares se habla de "alineación indebida maliciosa". La explicación es sencilla. Merecería un estudio psicológico. Han producido una inadecuada y reciente manipulación en el Reglamento.
Cuando descubren el desaguisado... ¡dejan sin reparar el Reglamento General, que es donde está el defecto, y meten mano al Reglamento de Disciplina Deportiva, aprobado en su día por la Junta y publicado en en BOJA!
En lugar de mantener el correctísimo concepto disciplinario de "alineación indebida maliciosa" lo cambian por "alineación indebida realizada de forma deliberada". Toda alineación se realiza de forma deliberada, incluso la alineación indebida negligente o la simple. Como mínimo hay que convenir que han cambiado el reglamento disciplinario -¿legalmente?- para introducir una ambiguedad que antes no tenía.
No la hace maliciosa el que la alineación sea deliberada -¡se supone que se quiere poner!- sino que se haga sabiendo plenamente que se hace contra las reglas y contra la limpieza de la competición.
Sobre las sanciones de la FADA debo decirte, Miguel, que apenas las he mirado. Lo importante es tener en cuenta dos cosas, al menos:
ResponderEliminara) Que deben estar aprobadas reglamentariamente.
b) Que la Circular puede establecer una DEFINICIÓN MÁS DETALLADA de infracciones y sanciones PREVIAMENTE ESTABLECIDAS. (Hablo de memoria. Creo que eso estaba en el Artículo 1º del Reglamento de Disciplina).
Es verdad que la FADA se ha saltado estos principios en alguna ocasión importante.
Sería sanísimo que la FADA respaldara lo que dice en materia de sanciones con las referencias reglamentarias pertinentes. Observad que sólo lo hace una vez, cuando habla del Art. 122, y ahí se le agota todo el fuelle.
EliminarEntonces, el problema que había en la pregunta que se reproduce en el comentario de Guillermo era que dicha pregunta iba sobre una "morcilla" que "alguien" puso, no sobre algo plenamente consensuado a todos los niveles.
ResponderEliminarNo es eso. Porque, además, tampoco se deduce unívocamente del art. 125.1 del Reglamento General lo que pretende afirmar la pregunta del examen. Sí, hay una "morcilla" muy torpe que induce al error. Pero no hay excusa para ese error ya que siempre debemos acudir al contexto y a la lógica.
EliminarNo sobra recordar ahora el art. 117º.5 del mismo Reglamento: "Si la alineación entregada por el capitán contuviera algún error deberá ser corregida inmediatamente, si fuera posible. Si en una partida se ha efectuado una jugada por cada bando se considerará que el error YA NO ES SUBSANABLE."
¿Te das cuenta, Enrique? En un encuentro donde inadvertidamente se intercambian los puestos 3 y 4, cosa muy común, no podemos afirmar que se trata siempre de una alineación maliciosa.
No es admisible que nadie equipare la incorregibilidad de la alineación con la alineación maliciosa. Son incorregibles el 90% de las alineaciones y eso no las hace maliciosas.
Lo que me pregunto es que clase de normas han aplicado durante todos estos años en la FADA, careciendo como carecen de una idea clara. Para colmo han vuelto a "morcillear" introduciendo un cambio en el Reglamento de Disciplina.
Porque nuevamente se equivocan al sustituir el concepto de alineación indebida maliciosa por el de "alineación indebida realizada de forma deliberada".
Comprendo que como dice el Sr. Barranco, lo adecuado es que en ambos reglamentos y en las circulares se use la misma terminología, y así quedaría todo claro. Pero tal como yo entiendo la expresión "realizada de forma deliberada" no es muy diferente en significado de "maliciosa". Para mi está claro que el "deliberada" se refiere, no a la acción de presentar una alineación, que como dice, no puede ser sino deliberada, sino al hecho de presentar una indebida, que no siempre es deliberada. En cualquier caso, lo propio sería no tener que andar con estas disquisiciones.
ResponderEliminarPor otro lado, la pregunta del examen no tiene ninguna respuesta correcta. Que la A. I. sea maliciosa no depende de la acción sino de la intención.
Conforme, Diego. Se trata de la navaja de Ockham. No tenemos que entrar en si lo deliberado es la alineación o si lo deliberado es la "indebidez"... Creo que sintáctica y lógicamente mi interpretación es más correcta. Otra prueba es añadir la expresión a la alineación indebida negligente o al mero error y se verá que es cierto lo que digo.
EliminarPero me avengo a lo que dice Diego. No hay que crear dudas y discusiones existiendo la palabra "malicia". Pero subsiste el problema de cambiar ilegalmente las reglas.
Sólo un punto para incitar de una vez por todas que se hagan las correcciones necesarias y por si no ha quedado claro: no es cierto totalmente que toda alineación sea deliberada. Una cosa es la alineación en el papel y otra la alineación real. No es raro que dos jugadores, correctamente alineados en el papel, tomen asiento en la mesa equivocada.
Eliminar