A los árbitros del mundo

Miguel Álvarez

Me comenta mi amigo Javier Asturiano, blogmaster del conocido y más que recomendable blog Escacultura una duda interesante, quiero lanzar a todos vosotros, en especial a nuestros árbitros, colaboradores, comentaristas y lectores...
  • ¿Puede un jugador, un espectador, o cualquier persona en definitiva, grabar una partida nuestra, de blitz por ejemplo, durante un torneo y luego subirla a internet sin nuestro consentimiento?
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10 comentarios :

  1. Pregunta para un abogado más bien.

    Supongo que en un acto público todos estamos sujetos a que nos graben o fotografien. Otra cosa sería si te graban en tu casa sin tu saber que hay nadie ahí eso vulnera tu intimidad. Para un abogado ya digo.

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  2. La respuesta rápida: No.

    La respuesta larga: Depende.

    ¿De qué depende?

    1- ¿Te ha dado permiso el jugador para que le grabes?, si no es así no puedes, porque no estás grabando un lugar público aleatoriamente, sino que estás grabando a dos personas en concreto, que no te han dado su permiso o a la que no se lo has pedido. Pero en principio, si ellos te ven y no te dicen nada, tampoco creo que les importe.

    2- ¿Vas a ganar dinero con el vídeo? Como todos sabemos, se puede ganar dinero en youtube, y si te estás lucrando a partir de esa partida, y ellos no te han dado plenos derechos, no solo de la grabación, sino de la distribución por internet, sabiendo que vas a lucrarte de ellos... en ese caso te podrían incluso denunciar.

    Pero bueno, estamos hablando de casos muy concretos y siempre hay que tener en cuenta el contexto en el que estemos.

    Por ejemplo, si yo me echo unas rápidas con Miguel, y mientras nos está grabando un amigo de los dos, a mí personalmente me da igual que me grabe, e incluso si gana dinero con el vídeo, mejor para el. Pero si en vez de un amigo, me graba una persona a la que no conozco de nada, obviamente no me gusta, y seguramente le diría que apagase la cámara (por su puesto estaría obligado).

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  3. No soy nada experto, así que nadie se fie de lo que digo. Observemos el mundo que nos rodea: se captan y reproducen imágenes de todo, de toda clase de manifestaciones, en todo tipo de soporte y modalidad.

    Creo que el derecho básico o de partida es el derecho a la propia imagen. Eso significa que inicialmente no podemos captar imágenes de quien no nos lo autoriza. Ahora bien, inmediatamente hay que decir que tal reserva de autorización no existe siempre. No existe en el caso de los lugares públicos, actos públicos, personas públicas o interés público. (Sin más definición aquí...).

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  4. Yo personalmente opino, q a nivel moral (desconozco el tema de la legalidad), estamos sujetos a que nos fotografíen o graben mientras jugamos, como dice Vicent, a no ser que las bases digan lo contrario, pero de todos modos, yo creo, q sólo eso, el contenido de la partida, entero, es otra cosa, no creo q deban subirlo sin nuestro consentimiento, si no es el mismo árbitro..

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    1. Por lo que concierne al contenido de la partida... ¿Alguien pide permiso a Carlsen o a los herederos de Capablanca? Las partidas se reproducen en miles de sitios, desde siempre, sin mediar permiso.

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  5. Por analogía: ¿se puede grabar un partido de tenis en el que hay miles de espectadores?

    Esto me recuerda a la coletilla que pone www.ajedrezenmadrid.com cuando le mandas un torneo para que se publique: "La participación en este evento supone que el jugador permite que se publique su nombre y resultados en las webs de ajedrez" o algo así.

    Es como si juegas un torneo y luego no quieres que nadie sepa que estuviste allí... Grabar una partida tuya es lo mismo que si te graban en la entrega de premios. ¿Por qué una cosa no y la otra sí?

    Así que mi opinión es que si tú estás participando voluntariamente en un torneo debes aceptar que te graben, salvo que esté prohibida la entrada del público en general.

    Pero luego viene la coletilla: ¿se puede subir dicho vídeo a YouTube? Eso ya no creo que se pueda... Sobre todo si el afán es de ganar dinero con ello...

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  6. Tres factores a considerar: a) distinguir entre deporte profesional y aficionado, b) distinguir entre menores y adultos y c) grabar para ti o exponerlas públicamente.
    Una situación similar en mi trabajo: ¿pueden grabarse partidos en una instalación deportiva municipal? La respuesta legal es clara: NO. Un agravante es que sean menores, otro que sean para Internet. Un atenuante es que seas un familiar. En nuestro caso está prohibido en carteles pero se recomienda cierta tolerancia. Eso sí, si alguien reclama no hay opción y debe impedirse.
    a) Si es deporte profesional los organizadores suelen impedirlo y comercializarlo ellos, pero recordad que en un campo de fútbol, Baloncesto o Tenis se filma o fotografía sin problemas.
    b) Si son menores la prohibición es aún más tajante. Es obvio.
    c) Lo mismo sucede si en vez de ser para uso familiar es para publicitarlo, por ejemplo pretender colgar en Internet un partido completo o grabar un entrenamiento.
    El escenario importa. No es igual una sala de juego (o pabellón) que un lugar de acceso libre o un acto público.
    Al final todo suele reducirse a no atacar los derechos de imagen de un menor y a no pretender obtener un beneficio económico por unas imágenes que pertenecen a un organizador.

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  7. Tres factores a considerar: a) distinguir entre deporte profesional y aficionado, b) distinguir entre menores y adultos y c) grabar para ti o exponerlas públicamente.
    Una situación similar en mi trabajo: ¿pueden grabarse partidos en una instalación deportiva municipal? La respuesta legal es clara: NO. Un agravante es que sean menores, otro que sean para Internet. Un atenuante es que seas un familiar. En nuestro caso está prohibido en carteles pero se recomienda cierta tolerancia. Eso sí, si alguien reclama no hay opción y debe impedirse.
    a) Si es deporte profesional los organizadores suelen impedirlo y comercializarlo ellos, pero recordad que en un campo de fútbol, Baloncesto o Tenis se filma o fotografía sin problemas.
    b) Si son menores la prohibición es aún más tajante. Es obvio.
    c) Lo mismo sucede si en vez de ser para uso familiar es para publicitarlo, por ejemplo pretender colgar en Internet un partido completo o grabar un entrenamiento.
    El escenario importa. No es igual una sala de juego (o pabellón) que un lugar de acceso libre o un acto público.
    Al final todo suele reducirse a no atacar los derechos de imagen de un menor y a no pretender obtener un beneficio económico por unas imágenes que pertenecen a un organizador.

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  8. Yo tendría en cuenta tres factores
    - Si el implicado sabe que el están grabando ( en el tenis o en el futbol claramente si
    - Si hay un lucro con ese vídeo, o se incurre en un daño claro a la imagen del grabado
    - Los derechos de autor en cada partida, corresponden a la organización del campeonato que para eso pone los premios , el local, etc, si es una partida amistosa es del jugador.

    Sumando las respuesta a estas preguntas hallareis la respuesta

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  9. Y pagan los torneos canon por derechos de autor? Porque como se entere la SGAE ...

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