¡Comunicado Urgente! Necesario el certificado del registro central de delincuentes sexuales.


La Dirección. General de Actividades y Promoción del Deporte nos ha remitido el correo que tenéis abajo. La conclusión que sacamos es que cuando FADA o una de sus Delegaciones encargue a una persona trabajar con menores, debemos pedirle que nos aporte una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Incurriremos en responsabilidad si no lo hacemos.

A partir de aquí hay aspectos que hay que aclarar que esto afecta a cuando la FADA le pide a un monitor dar clases o a un Delegado ir a cargo de un grupo de menores en una actividad.

No sé si arbitrar también esté incluido. Pienso que no, pero no estoy seguro al 100%.

Para evitar alarmas innecesarias, entiendo que si el monitor va a dar clases -por ejemplo- en un Centro de tercera Edad -repito, por encargo de FADA y las DP- esto no será necesario. 

Si el monitor va a dar clases en un colegio contratado por el AMPA o el colegio, será responsabilidad del AMPA o del Colegio. Pero si el colegio firma un acuerdo con FADA/DP para que nosotros mandemos al monitor, la responsabilidad pasará a ser nuestra. ¿Queda claro el matiz?

Lo mismo ocurre si son clases municipales en colegios en los que una DP es quién envía al monitor tras un acuerdo con un Ayuntamiento. Tendréis que pedir al monitor que nos envíe esa certificación.

Lo más urgente que tenemos es El Rompido

A las personas que nombréis tenéis que pedirles urgentemente que obtengan esta certificación y enviarla a FADA. 

Si alguna persona se retrasa en aportarla, no podrá ir de Delegado. Y supongo que estando allí no será posible nombrar a ningún otro como sustituto salvo que esa persona ya lo tenga.

Por tanto, aconsejo a todos los que sean monitores, delegados, etc. y crean que van a tener contacto con menores, se saquen ya la certificación.

En fin, reconozco que suena alarmante pero no deja de ser un requisito más como el tener licencia de monitor o de monitor habilitado visible en GEFE. 
Recordaréis, porque no es nuevo, que si no están en GEFE como monitor titulado o habilitado tampoco podrán ir a El Rompido.

Si el monitor va a dar clase en un colegio, un ayuntamiento o un club será responsabilidad del colegio, del ayuntamiento o del club pedirles esta certificación pero no de FADA a menos que, como he dicho, sea FADA o sus DP, quiénes lo nombren porque exista un acuerdo con esas entidades.


De forma similar, se puede obtener por internet en la web del Ministerio de Justicia.

No estoy seguro de ello pero os envío éste dato para facilitar y agilizar el trámite.

Resumiendo para evitar malentendidos:

  1. FADA y sus DP deben pedir esta certificación a las personas que envíen a actividades donde haya menores.
  2. Se trata de actividades en las que "nuestra" persona esté en contacto con menores (clases, campamentos,etc.)
  3. Podría parecer que arbitrar o ser presidente de federación no está incluido pero ¿qué quieren que les diga?: Pediré el certificado de marras y de paso aprenderé cómo se hace -y cuánto tarda en llegar- para poderles informar un poco mejor.

Un saludo

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